Inversores y «business angels» ¿Qué beneficios tiene contar con ellos?
Los business angels son inversores que aportando capital y valor añadido a la gestión, permiten impulsar aquellos proyectos empresariales que tiene posibilidades de crecimiento en sus primeras etapas de vida.
Los Business Angels a la hora de invertir su propio dinero en tu empresa se convierten en accionistas de la misma. Además, aportan experiencia en la gestión, ya que normalmente invierten en sectores que conocen, además podrás beneficiarte de su red personal de contactos.
¿Qué ventajas tiene para ti contar con un inversor?
La principal ventaja es que invierten su propio dinero, y por esto, el plazo de permanencia en las empresas es mayor a otras formas de financiación.
A diferencia de otras fuentes de financiación, están dispuestos a invertir en las etapas iniciales de la empresa, en momentos en los que los negocios tienen recursos muy limitados y el nivel de solvencia es reducido.
Por otro lado, aceptan una rentabilidad inferior al que habría que alcanzar con otras fuentes financieras similares.
¿Qué ventajas tiene para el inversor?
Incentivos fiscales para los Business Angels
En la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización se establece un nuevo incentivo fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para aquellas personas que aporten fondos propios, capital financiero, o sus conocimientos empresariales o profesionales adecuados para el desarrollo de la sociedad en la que invierte.
Se tendrá derecho a una deducción en la cuota estatal del IRPF con ocasión de la inversión realizada en la empresa de nueva o reciente creación. Además, en la posterior desinversión, que tendrá que producirse en un plazo entre tres y doce años, se declara exenta la ganancia patrimonial que, en su caso, se obtenga, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación .
Business Angels en el IRPF
Un inversor podrá deducirse el 30% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales de una sociedad de reciente constitución o de ampliación de capital en una sociedad mercantil. El importe máximo de esta deducción será de 6.000 euros . En caso de declaración conjunta este límite se aplica en cada uno de los contribuyentes que realice la inversión.
La deducción será del 50%, con un límite de 12.000 euros en el caso de sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación, si la inversión se ha realizado a partir del 31 de enero de 2014.
Requisitos que debe cumplir mi empresa para que un inversor pueda aplicarse la deducción
Forma de la sociedad. La entidad debe revestir la forma de sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima Laboral o Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral, y no estar admitida a negociación en ningún mercado organizado. Este requisito deberá cumplirse durante todos los años que el inversor posea la acción o participación.
Medios personales y materiales. La empresa, deberá ejercer una actividad económica que cuente con los medios personales y materiales para el desarrollo de la misma. Por ejemplo, no podrá tener por actividad la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario, en ninguno de los períodos impositivos de la entidad concluidos con anterioridad a la transmisión de la participación.
Fondos propios . El importe de la cifra de los fondos propios de la entidad no podrá ser superior a 400.000 euros en el inicio del período impositivo de la misma en que el contribuyente adquiera las acciones o participaciones.
Grupo de sociedades . Si la entidad forma parte de un grupo de sociedades, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas, el importe de los fondos propios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo.