La justicia europea considera ilegal que España obligue a declarar bienes en el extranjero
El TJUE sostiene que las restricciones a la libre circulación de capitales que impone la legislación española «son desproporcionadas»
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del principio de libre circulación de capitales. En concreto, considera que la legislación nacional que obliga a los residentes fiscales a declarar bienes o derechos en el extranjero por medio del formulario llamado «modelo 720» es contraria a la normativa de la Unión.
El tribunal reconoce que la legislación controvertida podría estar justificada por la realización de los objetivos de garantizar la eficacia de los controles fiscales y luchar contra el fraude y la evasión fiscal, ya que la información de la que disponen los Estados miembros en relación con los activos que sus residentes fiscales poseen en el extranjero es inferior a la que poseen en relación con los activos situados en su territorio. Pero subraya que también existen «mecanismos de intercambio de información o de asistencia administrativa entre los Estados miembros», por lo que revela que «esta legislación va más allá de lo necesario para alcanzar dichos objetivos».
La Comisión Europea pidió a España modificar la controvertida legislación
La corte europea da así la razón a la Comisión Europea, que en 2019 recurrió a los tribunales comunitarios tras pedir a España modificar sin éxito una legislación que, a su juicio, impone sanciones “desproporcionadas» a quienes no hacen la declaración o la presentan fuera de tiempo.