Las deudas con Hacienda de hasta 50.000 € se podrán fraccionar o aplazar sin aportar garantías
El Ministerio de Hacienda y Función Pública elevará el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de las deudas tributarias de 30.000 a 50.000 €.
Se prevé que entrará en vigor la norma el próximo día 15 de abril de 2023. El propósito es mantener la última finalidad de la exención prevista, para el cumplimiento de sus obligaciones ante posibles dificultades económico financieras de carácter transitorio y agilizando el procedimiento de gestión de estas solicitudes mediante el impulso de su gestión automatizada.
Todo ello teniendo en cuenta el actual contexto económico derivado tanto de la invasión rusa de Ucrania como del choque de oferta que viene sufriendo la economía europea asociado a la escalada de los precios de la energía, que han favorecido un incremento de precios que genera «enormes dificultades» en las economías domésticas y sectores económicos, sin olvidar que todavía perduran los efectos de la crisis pandémica ocasionada por el Covid-19.
Partiendo de este contexto, el Ministerio de Hacienda cree que el límite actualmente vigente de 30.000 € «denota cierta obsolescencia», por lo que considera necesario actualizar tal importe, elevando el límite de la exención de la obligación de aportar garantías hasta los 50.000 €.
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