Los pagos en efectivo
La utilización de efectivo es necesaria en cualquier economía y fundamental para las pequeñas transacciones. A pesar de este hecho, a la hora de pagar en efectivo una cantidad importante, no suele estar justificado. Las razones más comunes son por un tema de comodidad y sobre todo por seguridad. Por esto se utilizan otros medios de pago como:
- Cheques.
- Tarjetas de crédito o débito.
La utilización de efectivo en cantidades elevadas es un mecanismo de sobra conocido, tanto a nivel nacional como internacional, para el blanqueo de capitales y para evitar la correcta tributación de las rentas obtenidas en la imposición directa y del IVA devengado en la indirecta.
En lo que hacer referencia al cumplimiento de las obligaciones tributarias, la principal «ventaja» de cobrar en metálico las operaciones efectuadas radica en la dificultad de las autoridades fiscales para conocer la existencia e importe de dichas operaciones.
En algunos casos, el interés del pago en metálico es compartido también por el adquirente del bien o servicio, puesto que al obtener una «opacidad» fiscal en la operación evita tener que pagar el IVA, por lo tanto, es un medio que permite conseguir precios más baratos o, incluso, le permite emplear el dinero que ha obtenido de actividades u operaciones también ocultadas a la administración fiscal.
Dada la relación existente entre la utilización de efectivo y el fraude fiscal, la regulación de dicho uso para el pago de determinadas operaciones ha suscitado el interés de las autoridades a nivel europeo. En este sentido, los países han ido adoptando diferentes soluciones.
Algunos países no establecen limitaciones ni condiciones a la utilización de efectivo, mientras que otros países prohíben los pagos en efectivo en función del importe de la contraprestación o por el tipo de operación efectuada.
En cuanto a España, como medida financiera y fiscal para dificultar el uso del efectivo que persigue la opacidad tanto por motivos de blanqueo de capitales como de elusión fiscal, se incorporó a la normativa interna la limitación a los pagos en efectivo respecto de determinadas operaciones económicas.
Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Carles Monfort Codina o a su e-mail cmc@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.