Novedades en la cotización de los becarios a partir del 1 de enero de 2024
Entre las medidas de la reforma de las pensiones 2023. Encontramos la nueva regulación de la seguridad social para alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. La entrada en vigor de esa previsión, inicialmente fijada para el 1 de octubre de 2023, se ha demorado finalmente hasta el 1 de enero de 2024.
- Los estudiantes en prácticas, remuneradas o no, empezarán a cotizar a la Seguridad Social.
- Los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.
- La cotización por estos estudiantes en formación estará bonificada al 95 %.
- La acción protectora será la correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable, con las siguientes exclusiones: protección por desempleo, cobertura del Fondo de Garantía Salarial, formación profesional (la persona que realice prácticas no laborales, al no cotizar por estos conceptos, tampoco percibirá las prestaciones ligadas a los mismos). No obstante:
- En el supuesto de las prácticas no remuneradas se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
- Las prestaciones económicas por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, se abonarán por la entidad gestora o, en su caso, por la mutua colaboradora, mediante pago directo de la misma.
- Las prestaciones que correspondan por la situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o profesionales se abonarán en todo caso mediante pago delegado.
- No cotizan al MEI.
- Existirán planes específicos por parte de la inspección de trabajo para evitar el fraude.
- La norma no establece directamente efectos retroactivos. Se limita a especificar la posibilidad de concertar un convenio especial cuando las prácticas se hubiesen realizado, como máximo, cinco años antes de la entrada en vigor, entre el 1 de enero de 2019 y el 1 de enero de 2024.
La cotización en el sistema de Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. Hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2024, la cotización por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación se ajustará, en dicho ejercicio, a las siguientes reglas:
- Prácticas formativas remuneradas: se aplicarán las cuotas únicas mensuales por contingencias comunes y profesionales correspondientes a los contratos de formación.
- Prácticas formativas no remuneradas: la cotización consistirá en una cuota empresarial, por cada día de prácticas, de 2,54 € por contingencias comunes excluida la prestación de incapacidad temporal y de 0,31 € por contingencias profesionales, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 57,87 € y por contingencias profesionales de 7,03€.
- De la cuota diaria por contingencias profesionales de 0,31 €, 0,16 € corresponderán a la contingencia de incapacidad temporal y 0,15 € a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
De la cuota diaria por contingencias profesionales de 0,31 €, 0,16 € corresponderán a la contingencia de incapacidad temporal y 0,15 € a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
- En ambos casos: A las cuotas por contingencias comunes les resultará de aplicación la reducción del 95%.
Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Paula Pablos Torrent o a su e mail ppt@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.