Obligación de incluir en la memoria y en la página web corporativa información relevante sobre facturas y pagos a proveedores
Como ya hemos ido informando en varias circulares, la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), implementa una serie de medidas tendentes a agilizar la creación de empresas, mejorar la regulación para el desarrollo de actividades económicas, reducir la morosidad comercial y facilitar el acceso a la financiación.
En relación con las medidas tendentes a reducir la morosidad comercial, la Ley 18/2022 ha modificado la disposición adicional tercera de la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
La nueva disposición establece las siguientes obligaciones con el objetivo de mejorar el cumplimiento de la Ley de lucha contra la morosidad comercial:
- Todas las sociedades mercantiles incluirán de forma expresa en la memoria de sus cuentas anuales su periodo medio de pago a proveedores (obligación ya existente).
- Las sociedades mercantiles no cotizadas que no presenten cuentas anuales abreviadas, se les exige publicar en su memoria anual, además de la información sobre el periodo medio de pago a sus proveedores (obligación ya existente), el volumen monetario y número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad y el porcentaje que suponen sobre el número total de facturas y sobre el total monetario de los pagos a sus proveedores. La obligación de incluir esta información en la página web se hace depender de que las referidas sociedades dispongan de dicha página.
- Respecto a sociedades cotizadas, se les exige publicar tanto en la memoria anual como en sus páginas web corporativas idéntica información a la indicada en el punto 2 anterior.
Dado que esta disposición no tiene fecha específica de entrada en vigor, la misma se produciría a los 20 días de su publicación en el BOE, es decir, el 19 de octubre de 2022.
Para más información puede consultar a la Disposición 15818 del BOE núm. 234 de 2022.
Cualquier duda que les surgen respecto a este tema no duden en dirigirse a nosotros, telefónicamente a Carles Monfort Codina o a su e-mail cmc@btsasociados.com, estaremos encantados en atenderles.