Presupuestos Generales del Estado 2023
Con fecha 24-12-2022, se ha publicado en el BOE la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (L 31/2022).
A continuación, recogemos las principales novedades en el ámbito tributario y en materia laboral y de Seguridad Social, con vigencia a partir del 1-1-2023.
FISCAL
En materia tributaria se recogen, entre otras, las siguientes novedades:
IRPF
- Reducción por obtención de rendimientos del trabajo. Se amplía la aplicación de la reducción a los contribuyentes cuyos rendimientos netos del trabajo sean inferiores a 19.747,5 euros, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros.
- Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo en 2023. La retención o ingreso a cuenta por el procedimiento general sobre los rendimientos del trabajo que se satisfagan en enero de 2023, se efectuará conforme a la normativa vigente a 31-12-2022.
- Reducción del rendimiento neto de actividades económicas en estimación directa, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 euros:
- Rendimiento neto igual o inferior a 14.047,5 €.: 6498 €./año.
- Rendimiento neto entre 14.047,5 y 19.747,5 €.: 6.498 €. menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento de actividades económicas y 14.047,5 €./año.
- Tipos de gravamen del ahorro. Se modifica la escala de gravamen del ahorro, añadiendo un nuevo tramo para la base liquidable del ahorro a partir de 300.000 euros, que se grava a un tipo del 28%.
- Deducción por maternidad. Se amplía a mujeres con hijos menores de 3s años que en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones por desempleo.
- Retención sobre rendimientos procedentes de la propiedad intelectual. Se aplica un porcentaje de retención e ingreso a cuenta del 15% sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, cualquiera que sea su calificación. Asimismo, en determinadas circunstancias, se permite la aplicación de un tipo de retención e ingreso a cuenta del 7% para tales rendimientos y para los rendimientos del trabajo derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas.
- Imputación de rentas inmobiliarias durante el período impositivo 2023. El porcentaje de imputación del 1,1% se aplica en el caso de inmuebles localizados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad
- Deducción por residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma. En los períodos impositivos 2022 y 2023, a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma se les aplica una deducción en los mismos términos a como se regula en la normativa del Impuesto la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla para contribuyentes residentes en estos territorios.
IS
- Tipo de gravamen. Se establece un nuevo tipo de gravamen del 23% para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros.
- Amortización acelerada. Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2023, pueden amortizarse aplicando el doble del coeficiente máximo previsto en la tabla de amortización las inversiones en determinados vehículos eléctricos.
IVA
- Supuestos de inversión del sujeto pasivo:
- Se extiende su aplicación a las entregas de desechos y desperdicios de plástico y de material textil.
- Se modifican las reglas referentes al sujeto pasivo para que sea de aplicación la regla de inversión de este a las entregas de estos residuos y materiales de recuperación.
- Se excluye de la aplicación a las prestaciones de servicios de arrendamiento de inmuebles sujetas y no exentas del IVA, que sean efectuadas por personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del Impuesto y a las prestaciones de servicios de intermediación en el arrendamiento de inmuebles efectuados por empresarios o profesionales no establecidos.
- Créditos incobrables:
- Se rebaja el importe mínimo de la base imponible de la operación cuando el destinatario moroso tenga la condición de consumidor final.
- Se extiende a 6 meses el plazo para proceder a la recuperación del IVA desde que el crédito es declarado incobrable.
- Régimen simplificado:
- Se prorroga para el año 2023 el incremento de 150.000 a 250.000 € en la magnitud excluyente del régimen simplificado del impuesto recogido en LIVA art.122.Dos.2º y 3º, y 124.Dos.6º.
- Se establece que la renuncia al régimen simplificado, así como la revocación de estas, se podrá realizar desde el 25-12-2022 hasta el 31-1-2023.
ITP y AJD
Se actualiza en un 2% la escala de gravamen de los títulos y grandezas nobiliarios.
Impuestos locales:
- IAE. Se introducen diversas modificaciones en las Tarifas del IAE.
- IBI. Se modifica el plazo de aprobación de las ponencias de valores totales, y del tipo de gravamen del Impuesto por los ayuntamientos afectados por procedimientos de valoración colectiva de carácter general.
- IIVTNU. Para la determinación de la base imponible se actualizan los importes de los coeficientes máximos previstos a aplicar al valor de los terrenos en función del periodo de generación del incremento de valor.
LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL
Las principales novedades sociales recogidas en la LGPE 2023 son las siguientes:
Pensiones:
- Revalorización media de las pensiones igual al incremento del IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022 que no van a poder superar el límite máximo fijado para el año 2022 (2.819,18 €/mes) incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 202). El límite de ingresos para percibir los complementos por mínimos se fija en 7.939,00 euros/año incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022.
- Pensiones contributivas: la cuantía se incrementa en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022
- Pensiones no contributivas de jubilación e invalidez no contributiva se incrementa en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022. El complemento por vivienda se fija en 525 euros/año, para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada (art.44).
- Prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer, experimentarán en 2023 un incremento igual al que se apruebe para el SMI para dicho año.
- Pensiones del SOVI no concurrentes con otras pensiones públicas. la cuantía queda fijada en cómputo anual en la cantidad resultante de aplicar a 6.470,80 euros el mismo porcentaje de incremento que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022. Cuando concurran con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social el importe de la pensión es de 6.280,40 euros incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2021 y noviembre de 2022.
Cotización RGSS:
- Base máxima 2023: 4.495,50 euros mensuales.
- Bases mínimas 2023: se incrementarán en el mismo porcentaje en que aumente el SMI.
- Tipos de cotización: se mantienen los hasta ahora vigentes.
- Contratos para la formación y el aprendizaje y contratos de formación en alternancia. Las cuotas únicas por cada día trabajado, aplicables a partir del 1-1-2023, serán las del año 2022 incrementadas en la misma proporción que lo haga el SMI para 2023.
- Empleados de hogar. En el año 2023 las retribuciones mensuales y las bases de cotización por contingencias comunes y profesionales, serán las contenidas en la siguiente escala, cuyas cuantías se actualizarán en la misma proporción que lo haga el SMI para el año 2023
Cotización RETA:
- Se establecen las tablas reducida y general vigentes en 2023 para la aplicación del nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales (ver tablas). Los trabajadores que hubieran solicitado la actualización automática de su base de cotización a partir de enero de 2023 será la de 31-12-2022 incrementada en un 8,6% siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas.
- Tipos de cotización: se mantiene los fijados para 2022.
Bonificaciones y reducciones
- Se mantiene la suspensión del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral (bonus prevención) para las cotizaciones que se generen durante el año 2023. Esta suspensión se extenderá hasta que se proceda a la reforma de la norma reguladora.
- Se prevé una reducción del 50% (60% en 2022) y una bonificación del 7,50% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes, para el Sistema Especial para manipulado y empaquetado del tomate fresco con destino a la exportación.
- Se establecen incentivos al ejercicio de una actividad por cuenta ajena o propia en las provincias de Cuenca, Soria y Teruel.
Prestación de desempleo
El importe de la prestación por desempleo a partir del día 181 se incrementa hasta el 60% de la base reguladora (antes 50%).Este porcentaje se aplicará también a quienes a 1-1-2023 estuvieran ya percibiendo una prestación por desempleo.
OTRAS CUESTIONES
- Interés legal del dinero: 3,25%.
- Interés de demora: 4,0625%.
- IPREM: se establecen las siguientes cuantías para el año 2023:
- Diario: 20 euros.
- Mensual: 600 euros.
- Anual: 8.400 o 7.200 euros si expresamente se excluyen las pagas extras.
- Planes de pensiones: se introducen cambios en los límites a la aportación a los planes de pensiones para el caso de que la aportación empresarial sea de entre 500,01 y 1.500 euros. En este caso, la aportación máxima del trabajador va a ser 1.250 euros, más el resultado de multiplicar por 0,25 la diferencia entre la contribución empresarial y 500 euros.
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